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Retenciones en billeteras digitales: quiénes pagarán Ingresos Brutos en la Provincia de Buenos Aires

La provincia de Buenos Aires anunció que desde el 1° de octubre las billeteras digitales comenzarán a actuar como agentes de recaudación del impuesto sobre los Ingresos Brutos. Cada vez que un contribuyente reciba dinero en una cuenta de pago vinculada a aplicaciones financieras, se le retendrá automáticamente un porcentaje como pago a cuenta del tributo.

La medida se enmarca en el SIRCUPA (Sistema Informático de Recaudación y Control de Acreditaciones en Cuentas de Pago), al que Buenos Aires decidió incorporarse en octubre. Con este paso, el distrito se suma a la mayoría de las jurisdicciones del país: solo CABALa Pampa y Santa Fe permanecen afuera del esquema.

Qué son las retenciones de Ingresos Brutos en billeteras digitales

El mecanismo es simple:cada vez que se acredita un importe en una cuenta de pago, la billetera digital consulta el padrón de la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral (COMARB).
Ese padrón asigna a cada contribuyente una alícuota específica, que puede variar entre 0,01% y 5%.

La retención se practica en el momento de la acreditación y lo recaudado se transfiere a la administración tributaria provincial correspondiente. Es importante aclarar que el monto descontado no constituye un impuesto definitivo, sino un pago a cuenta que luego se computa en la declaración del contribuyente.

Quiénes estarán alcanzados

El artículo 9 de la resolución provincial establece dos grandes grupos de contribuyentes:

Régimen General: quienes no estén incluidos en el Anexo Único tributarán una alícuota del 1%. Los que sí figuren en el Anexo tendrán alícuotas específicas.

Tras la crisis de 2023, este año se registraron nuevos casos de gripe aviar. En el gobierno bonaerense están alertas por el rol del SENASA. Cuál es el estado de situación.

Regímenes Especiales: se contemplan diferentes actividades con porcentajes diferenciados:

  • Construcción, demolición, excavación y perforación: 0,10%.
  • Transporte de pasajeros o cargas: 0,50%.
  • Profesiones liberales: 0,80%.
  • Rematadores, comisionistas, prestamistas hipotecarios o prendarios, e intermediarios: 0,01%.
  • Producción primaria e industrias: 0,30%.
  • Entidades de seguros y financieras: 0%.

De esta manera, la retención aplicable dependerá de la actividad principal que genere los mayores ingresos para cada contribuyente.

Qué operaciones estarán excluidas

El régimen también detalla un extenso listado de excepciones que no estarán sujetas a retención, entre ellas:

  • Sueldos, jubilaciones y pensiones.
  • Intereses por saldo en la propia cuenta.
  • Operaciones de exportación.
  • Acreditaciones de plazos fijos.
  • Reintegros de IVA.
  • Transferencias entre cuentas del mismo titular.
  • Transferencias provenientes del exterior.
  • Subsidios, planes sociales, AUH y becas.
  • Indemnizaciones laborales.

El objetivo es evitar que los descuentos automáticos afecten ingresos de carácter social, financiero o ya regulados por otros regímenes.

Qué deben hacer los contribuyentes bonaerenses

A partir de octubre, los usuarios podrán verificar en el sitio de COMARB cuál es la alícuota que les corresponde. Quienes operen con billeteras digitales deberán prestar atención a suencuadre tributario para conocer qué porcentaje se aplicará sobre cada acreditación.

Con esta medida, la Provincia busca ampliar la fiscalización sobre operaciones realizadas fuera de los bancos tradicionales y dar previsibilidad a los contribuyentes con un esquema claro de alícuotas y exclusiones.

Fuente: https://www.infocielo.com/