Inf. General

Retiran de cartelería electoral de la vía pública

La Municipalidad de San Pedro informa que, tras el desarrollo de las Elecciones PASO y teniendo en cuenta las ordenanzas vigentes «4082» y «5855» del Honorable Concejo Deliberante de San Pedro, sobre “Carteles o Anuncios de Publicidad en la Vía Pública”, se ha procedido a retirar el material instalado en espacios públicos.

Se recuerda que esta práctica no está permitida por la ordenanza 4082 según lo indicado en el Artículo 1° citado a continuación:

Art. 1.- Prohíbese a las Instituciones Sociales, Deportivas, Partidos Políticos y cualquier otra Asociación civil o comercial, además de lo dispuesto en los artículos 240*, 241*, 242*, 243*, 246*, 249*, 257* y 258*, de la Ordenanza N* 3.884 «Reglamento de Procedimientos, Faltas y Sanciones», los anuncios que obstaculicen las señales de tránsito. – Los anuncios colocados, fijados y/o pintados, en monumentos, estatuas, fuentes, edificios públicos. – Los anuncios colocados, fijados y/o pintados en refugios cubiertos para peatones, postes de paradas de vehículos, de transporte de pasajeros, taxis, papeleras, pantallas y carteleras en la vía pública del dominio público y/o privado municipal sin autorización municipal.- Los anuncios colocados, fijados y/o pintados en buzones, postes telefónicos o telegráficos, columnas de alumbrado público, casillas telefónicas, árboles y los postes de señalización del tránsito.- Los anuncios colocados, fijados y/o pintados en los cementerios y los muros que lo circundan.- Los anuncios montados en columnas ubicadas en las rutas nacionales.- Los anuncios suspendidos colgados en la vía pública con excepción de las banderas de remates que se coloquen en los respectivos locales o inmuebles.- La colocación, fijación, exhibición, distribución y/o ejecución de anuncios, sin permiso municipal.- La colocación, fijación, exhibición y/o distribución, ejecución de anuncios en zonas prohibidas y/o todo otro lugar no autorizado por las reglamentaciones vigentes.- Los anuncios comúnmente denominados «pasacalles», suspendidos entre columnas de alambrado público o columnas y elementos de tendido de red eléctrica.- Los anuncios colocados, fijados y/o pintados en cordones y calzadas señalizadas.-