El día de hoy, a través de la resolución 1533 publicada en el Boletín Oficial, la provincia de Buenos Aires prohibió a todas las farmacias de la jurisdicción la venta de tests rápidos para la detección de COVID-19.

En el artículo 3° de la resolución, el Ministerio de Salud bonaerense «deja establecido que los test para COVID-19 son de uso profesional exclusivo excluyente, y deben realizarse en Laboratorios de Análisis Clínicos habilitados por la autoridad de aplicación».

Por otro lado, se informó que la medida tendrá vigencia mientras perdure la declaración del estado de emergencia sanitaria en el ámbito de toda la Provincia de Buenos Aires y las sanciones a las entidades farmacéuticas que incumplan con la resolución serán las dispuestas por la Ley N°10.606.

Ello implica desde un apercibimiento o multa hasta la clausura, total o parcial, temporal o definitiva según la gravedad de la causa o reiteración de la infracción, del establecimiento o la suspensión o inhabilitación para el ejercicio de la actividad o profesión hasta un lapso de tres años.

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Publicado por Redacción CWSP

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