Fase 2: «La circulación comunitaria de la variante británica es evidente»
Tal como se había adelantado este lunes por la mañana, autoridades municipales brindaron una conferencia donde se dieron a conocer las medidas que entran en vigencia el miércoles próximo.
En ese sentido el secretario de Coordinación Ramón Salazar, sostuvo que se llegan a esta situación por «hay una parte de la población que le cuesta cuidarse y otra que se cuida mucho, por eso lamentablemente llegamos a esta situación» pero «la situación de San Pedro no nos deja mas alternativa.
«Es importante que todos tomemos conciencia y lamentablemente se han naturalizado las muertes», manifestó luego.
En tanto que Dr. Daniel Creuss, secretario de Salud sotuvo que la variante británica «tiene mayor contagiosidad y mas agresiva».
Se pudo saber sobre el caso a partir de una secuenciación genómica. «La circulación es ya evidente porque el resultado es de una muestra de fines de abril y la paciente se contagio de su hijo adolescente que se contagio de alguien, y él no estuvo en Inglaterra, la circulación comunitaria es evidente», explicó el funcionario.
Y manaos debe haber, vamos a esperar hay dos o tres análisis pendientes en el Malbrán
Ausencia del Intendente en la conferencia
«El intendente se retiró hace un rato, cuando estábamos en una reunión a la tarde le llegó la noticia que un hermano está muy mal de salud, vive sus últimos momentos se contagió además una cuñada de él y probablemente también un hermano menor y estaba un poco afectado», sostuvo Ramón Salazar y aclaró: «no había tenido contacto con ellos estos últimos días».
Por su parte el director de Modernización detalló las nuevas restricciones que están relacionadas a la circulación entre las 20 y las 6 horas. La suspensión de actividades recreativas, sociales, culturales, deportivas y religiosas en lugares cerrados. En las actividades comerciales hasta las 19 horas y también en la gastronomía después de las 19 hotas: solo por delivery.
Y la suspensión de clases presenciales y pasarán a ser virtuales del 19 al 30 de abril.
Las siguientes son las restricciones que tendrán que cumplir en la fase 2:
- Competencias oficiales regionales y provinciales, de deportes en lugares cerrados y/o en espacios al aire libre (Decreto Nacional N° 287/21)
- Venta al por menor de productos textiles, prendas de vestir, calzado y juguetes en comercios de cercanía con ingreso de clientes.
- Práctica recreativa de deportes grupales de contacto al aire libre
- Talleres culturales (Hasta 20 personas, al aire libre o en espacios cerrados con amplia ventilación natural)
- Jardines Maternales y Centros de Atención de Desarrollo Infantil (CADI)
- Clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en todos los niveles y en todas sus modalidades, salvo educación especial que estará habilitada en todas las fases (Conforme Decreto Nacional N° 287/21).
- Artes escénicas y musicales (con y sin asistencia de espectadores)
- Restaurantes y bares en el interior con aforo
- Shoppings (solo locales comerciales, sin patio de comidas ni espacios recreativos)
- Museos
- Práctica de deportes en espacios cerrados
- Celebración de ritos religiosos en espacios cerrados con ventilación natural
- Actividades sociales y familiares hasta 20 personas en espacios públicos al aire libre
- Salas y los complejos cinematográficos
- Actividades y reuniones sociales en domicilios particulares hasta 10 personas, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados
- Gimnasios en espacios cerrados con amplia ventilación natural
- Natatorios en espacios cerrados
- Actividad en Casinos y Bingos
- Mercados y ferias de artesanías o alimentos en espacios cerrados
- Actividades deportivas colectivas con o sin contacto, al aire libre o en espacios con amplia ventilación natural, más de 10 personas
- Discotecas, salones de fiestas y establecimientos afines
- Actividades y reuniones sociales en domicilios particulares de más de (10) personas, excepto para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados
- Viajes Grupales de Egresados y Egresadas, de Jubilados y Jubiladas, de Estudio, para Competencias deportivas no oficiales; de grupos turísticos y de grupos para la realización de actividades recreativas y sociales.
- Están permitidos eventos religiosos en espacios públicos al aire libre con concurrencia máxima de 20 personas.
- Están permitidos eventos culturales, sociales, recreativos en espacios públicos al aire libre con concurrencia máxima de 10 personas.
- Restricción horaria para actividad comercial en general de 19:00 a 06:00
- Restricción horaria para actividad de bares y restaurantes de 19:00 a 06:00
- Restricción horaria para circulación de personas de 20:00 a 06:00